ACICOM Y COBDCV YA HAN PUESTO EN MARCHA LA DECLARACIÓN DE BIC (BIEN DE INTERÉS CULTURAL) DE LOS ARCHIVOS AUDIOVISUALES DE RTVV Y RTVE-CV

Publicado el: 21/12/2013 / Leido: 12898 veces / Comentarios: 0 / Archivos Adjuntos: 0

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ACICOM Y COBDCV YA HAN PUESTO EN MARCHA LA DECLARACIÓN DE BIC (BIEN DE INTERÉS CULTURAL) DE LOS ARCHIVOS AUDIOVISUALES DE RTVV Y RTVE-CV 
 

El Col·legi de Bibliotecaris i Documentalistes de la Comunitat Valenciana, COBDCV y la Asociación Ciudadanía y Comunicación, ACICOM, han Puesto en marcha formalmente la declaración de BIC de los Archivos Audiovisuales de RTVV y RTVE-CV, mediante la presentación ante la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana (17 de diciembre de 2013), de los correspondientes escritos con la petición formal y documentación para la incoación del el expediente adecuado, garantizando así su preservación, salvaguarda y conservación activa de ambos archivos audiovisuales .

Al mismo tiempo, se ha pedido la protección del patrimonio informático y bienes inmateriales de naturaleza tecnológica, es decir, los sistemas de gestión documental digitales y multimedia que permitan la accesibilidad y localización de las imágenes por parte de la ciudadanía.

Después del cierre de RTVV llevado a cabo por la Generalitat Valenciana el día 29 de noviembre, el archivo de RTVV todavía corre más el peligro de caer en el olvido o incluso de perderse para la posteridad.

 El Archivo de RTVV como el de RTVE-CV son partes esenciales de la memoria colectiva de los valencianos, y materiales de primer orden, para el conocimiento de la historia contemporánea de la Comunidad Valenciana.

ACICOM y el COBDCV, junto con otras organizaciones valencianas como el Consejo Valenciano de Cultura, lo Centro UNESCO y lo Circulo miedo la Defiende y Difusión del Patrimonio, celebraremos el pasado día 29 de Octubre, un año más, el Día Mundial del Patrimonio Audiovisual con una Jornada de estudio y debate bajo el título Salvamos el tesoro audiovisualvalenciano, para nosotros y para próximas generaciones!, donde nos comprometimos a lanzar esta iniciativa que ahora hemos hecho realidad .

Según la legislación vigente y especialmente la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano, la iniciación del procedimiento podrá realizarse de oficio o a instancia de cualquier persona y tendrá que ser resuelta en el plazo de tres meses. La denegación, si se el caso, tendrá que ser motivada. La incoación del procedimiento para la declaración de un bien de interés cultural determinará la aplicación inmediata al bien afectado del régimen de protección previsto para los bienes ya declarados.

El procedimiento que se instruya tendrá que contar con los informes favorables en la declaración al menos de dos de las instituciones consultivas a que se refiere el artículo 7 de esta ley. Los informes podrán ser solicitados tan por la administración que tramita el procedimiento como por quien, si se el caso, instó la incoación. Transcurridos tres meses desde la solicitud del informe sin que este se haya emitido se entenderá que es favorable. Sin embargo, si en el expediente consta algún informe contrario en la declaración será necesaria la existencia de dos informes favorables expresos. Cuando se trate de bienes inmateriales de naturaleza tecnológica a que se refiere el artículo 26.1.D. de esta ley, se tendrá que pedir informe del órgano de la administración de La Generalitat competente en materia de Nuevas Tecnologías.

 Proponemos que sean declarados BIC dentro del capítulo C/ Documentos y obras bibliográficas, cinematográficas, fonográficas o audiovisuales declaradas como fondos de archivos y bibliotecas.

 La pasividad del gobierno autonómico respeto los archivos audiovisuales es muy preocupante  y ahora no tendrá más remedio que actuar a instancia de parte, puesto que no lo ha hecho hasta ahora de oficio.

Publicado el: 21/12/2013 / Leido: 12898 veces / Comentarios: 0 / Archivos Adjuntos: 0

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