FUNCIÓN: (Del lat. functio, der. de fungi, cumplir, or. de fungible.) Acción o servicio que corresponde a una cosa cualquiera. // Actividad o papel desempeñados por alguien en un cargo, oficio o profesión; se usa más en plural que en singular. // Actividad particular de cada órgano o sistema de un organismo. // Acto organizado, que constituye un espectáculo de cualquier clase, al que concurre gente. // Conjunto de actividades afines y coordinadas necesarias para alcanzar los objetivos de la institución de cuyo ejercicio generalmente es responsable un órgano o unidad administrativa, se define a partir de las disposiciones jurídico-administrativas. La administración tiene multitud de funciones que vienen determinadas por normas: aprobar, autorizar, conservar, controlar, coordinar, dirigir, gastar, ingresar, ordenar, planificar, reparar, sancionar, etc., cuyo ejercicio genera actividades que dan lugar al tipo documental. // En programación, conjunto de instrucciones destinadas a la ejecución de una tarea específica. // Abarca todas las responsabilidades señaladas a una dependencia para que realice los amplios propósitos para los que fue establecida. Visualmente esas funciones están definidas por la ley, el decreto, o la circular que establece la dependencia. // Función archivística: Actividades relacionadas con la totalidad del quehacer archivístico, que comprende desde la elaboración del documento hasta su eliminación o conservación permanente. // DEL ARCHIVO Tradicionalmente son tres las funciones de los archivos, referidas a los documentos de archivos: recoger, conservar y servir. Son funciones muy amplias que no se limitan a la materialidad de la recogida y el almacenamiento, sino que exigen un control y canalización de la producción documental, una conservación no solo física sino que mira a la perdurabilidad y el servicio que conllevará difusión, orientación, ofrecimiento de datos concretos, facilidad de acceso y consulta.
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