DECRETO N° 1227/88 creación de la Comisión de Asesoramiento de Documentación Administrativa.

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DECRETO N° 1227

SANTA FE, 29 DE ABRIL DE 1988

VISTO:

El expediente Nº 00201-0350231-V. del Ministerio de Gobierno Justicia y Culto, por el cual el Archivo General de la Provincia, remite para su aprobación proyecto de decreto, modificatorio y ampliatorio del N° 006 del 4 de enero de 1978, de creación de la Comisión de Asesoramiento de Documentación Administrativa; y

CONSIDERANDO:

Que conforme a los alcances de la Ley N° 10.101 y Decreto N° 0015 del 11 de diciembre de 1987, se hace necesario adaptar la estructura institucional vigente al esquema previsto en la citada Ley;

Que de acuerdo a la creación orgánica y asignación de competencias aprobadas por el Decreto anteriormente mencionado, es menester modificar la constitución de la Comisión de Asesoramiento de Documentación Administrativa;

Que la experiencia ha demostrado la necesidad de requerir en ocasiones la participación de los Archivos del Poder Ejecutivo, en lo que nace a la función de información, asignada a la Comisión;

Que habiéndose resuelto el problema del Descarte de los documentos carentes de valor, se hace necesario ampliar los objetivos y fines de la comisión;

Por ello:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1. -Modifíquese los artículos 1) y 2) del Decreto N° 006 del 4 de enero de 1978, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

"Artículo 1.- La Comisión de Asesoramiento de Documentación Administrativa tendrá por objeto informar y asesorar al Archivo General de la Provincia sobre las características, atributos, tratamiento y vigencia de los documentos que producen las unidades de organización o sus similares, a los efectos de coadyuvar a la realización de cualquiera de las funciones que cumple el Archivo General de la Provincia, cual es de reunir, conservar, describir y servir o utilizar la información o documentos producidos por el Poder Ejecutivo Provincial".-

"Artículo 2,- La Comisión la integran los Directores Generales y Directores de las Secretarías de Estado, Fiscalía de Estado, Tribunal de Cuentas, Ministerio y Organismos Descentralizados: responsables de los Archivos: Histórico, Intermedio, Jurisdiccionales, Sectoriales, de Oficina o Gestión; y será presidida por el Secretario de Asuntos Legislativos, ejerciendo la Secretaria el Director del Archivo General de la Provincia",-

ARTÍCULO 2. -Suprímanse los artículos 4) y 5) del Decreto N° 006 de fecha 4 de Enero de 1978.

ARTICULO 3. -Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

 

REVIGLIO

Alberto Didier

Rodolfo O. Bermudez

Jorge R. Fernández

Alberto Joaquín

Guillermo Weisburo

Rodolfo E, Vacchiano

 

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