LA CONSIDERACIÓN DEL CONTEXTO

Publicado el: 17/08/2013 / Leido: 23342 veces / Comentarios: 0 / Archivos Adjuntos: 0

Compartir:

LA CONSIDERACIÓN DEL CONTEXTO
Víctor Hugo Arévalo Jordán
En la tramitación del expediente de declaración como Bien de Interés Cultural de un documento, grupo o Fondo. Deberá considerarse sus relaciones con la instituciones que prestan o prestaron funciones en el área territorial a que por derecho y naturaleza pertenece, de modo que sea comprensible su Principio Archivístico de Procedencia y Pertenencia, y se comprenda fácilmente su contexto, pues se debe tener muy en cuenta que un documento al ser declarado Bien de Interés Cultural es inseparable de su contexto. Podemos suponer con este texto que en un contexto se incluyen las instituciones originales del bien, aunque no tengamos base alguna para su delimitación.
Se entiende por contexto de un documento declarado de Interés Cultural o catalogado de Interés Local, el espacio, físico, intelectual o virtual, próximo y relacionado con la existencia del documento, que permite su adecuada percepción y comprensión, considerando tanto la época de su creación y desenvolvimiento, como su evolución histórica, que da apoyo cultural al mismo y que permite la plena percepción y comprensión cultural del documento y cuya alteración puede afectar a su percepción o a los valores del mismo. El contexto puede incluir edificios, como archivos o depósitos documentales.
Sería lógico pensar que la Administración de la Cultura hubiera incluido entre sus finalidades de gestión y protección, a los fondos y colecciones documentales ante la posibilidad de que no existiera otro Organismo que recogiera esta obligación.

LAS EVALUACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL
Antes de la aprobación de cualquier proyecto de una tipificada serie de obras públicas, se debe realizar un trabajo sobre el impacto ambiental que causa, con el fin de prevenido, modificando la obra para paliar sus efectos negativos o, simplemente, no ejecutándola. Las posibilidades de aprovechamiento de esta norma para la protección y la documentación del Patrimonio Cultural Archivístico son benéficas.
Es menester entonces que en algún articulo consecuente se mencione que en la tramitación de Evaluaciones de Impacto Ambiental que puedan afectar directa o indirectamente a bienes culturales calificados o inventariados, como los documentos, fondos o colecciones, la Administración competente (que debería ser en buenos términos un Archivo General) recabará los informes necesarios para incluir en la declaración de Impacto Ambiental las consideraciones o condiciones resultantes.
Debemos comprender que, los archivos son ámbitos comunes efectivos para la investigación del conocimiento y de la historia en última instancia. Es de considerar entonces que la normativa relativa a los bienes culturales debe figurar dentro del concepto de medioambiente, de modo que exista cooperación entre Cultura y Medioambiente casi se podría decir obligatoria. Personas expertas en un tipo de Patrimonio Archivístico han de trabajar codo con codo con las expertas en el medioambiente y salud ocupacional. Todo un mundo de promesas. 

Publicado el: 17/08/2013 / Leido: 23342 veces / Comentarios: 0 / Archivos Adjuntos: 0

Compartir:
Dejar comentario

Comentarios